Ante una ciudad en que cuando llueve las pistas y veredas se llenan de lodo, que los
árboles están impregnados de la suciedad del ambiente, y al no existir servicios higiénicos públicos en los principales centros de afluencia donde las personas pueden asearse en el camino de su labor, es normal que nuestra correspondencia llegue sucia, mojada y hasta arruinada.
Por ello pensando cual sería la mejor manera de repartir mis invitaciones para las actividades culturales que realizo, decidí por dos alternativas, la vía virtual, donde sólo el 20% de mi base de datos confirma que le llegó la invitación y aún es menor el porcentaje que me asegura que la leyó a tiempo, aunque se la envié 15 días antes, o las invitaciones las entrego personalmente en lo cual aparentemente no hay pierde.
Sin embargo cuando las debo dejar en la puerta de las casas, también existen varias situaciones que impedirán que las lean: que esté lloviendo, el piso esté mojado y se moje la invitación, que el perro se la “coma” antes que la recoja el destinatario o que se traspapele con todo tipo de volantes y correspondencia.
Ante ello, también debo optar por dos alternativas, colocarla en su inmaculado sobre blanco (como se estila) o ponerla dentro de una bolsa de plástico para evitar que se ensucie con la lluvia, suciedad y los restos del engreído.
Ante esas opciones decidí colocarla en un sobre blanco dentro de una bolsa transparente, si es posible a prueba de mordedura de perros, para tener la certeza que mi invitación llegue de todas maneras a su destino.
De otro lado, sería interesante saber en que quedó mi artículo escrito el 18 de julio de 2008, donde señalo que según una ordenanza está prohibido repartir volantes, casa por casa o a la mano, a no ser que esté autorizado, además de informarme sobre la norma donde se encuentran las condiciones para solicitar ese volanteo (en el TUPA no lo encuentro …).
Cómo es que todos los supermercados, restaurantes, universidades, telefonías, funerarias, inmobiliarias, bancos, y otras empresas consideradas “principales contribuyentes” invaden con ese tipo de volantes nuestras casas, además de los gasfiteros, monedas antiguas, clases de inglés, reparación de computadoras, gimnasios, etc. que a veces sólo consigna un teléfono o se encuentra en otro distrito, adicionalmente a la publicidad política en época de elecciones, y en cuyos volantes no parecer existir algún sello de aprobación edil.
Si no está autorizado ese volanteo y alguien lo detecta, se aplicará una multa (equivalente al 10% de la UIT), pero también me encantaría saber como es el sistema de cobro de la multa cuando el volante sólo consigna un teléfono y el que volantea es un menor de edad.
Misiva enviada a los correos Miraflorinos y a la Municipalidad e Miraflores el 18/7/08
Volanteo en Miraflores
Según la ordenanza 148 (que reemplazó a la 112), en el Distrito de
Miraflores está prohibido repartir volantes, casa por casa o a la mano, a no
ser que esté autorizado, quisiera saber en cual norma se encuentran las
condiciones para solicitar ese volanteo. (en el TUPA no lo encuentro …)
Probablemente todos los supermercados, restaurantes, universidades,
telefonías, funerarias, inmobiliarias, bancos, y otras empresas consideradas
“principales contribuyentes” que invaden con volantes nuestras casas, tienen
autorización municipal, así como gasfiteros, monedas antiguas, clases de
inglés, reparación de computadoras, gimnasios, etc. que a veces sólo
consigna un teléfono o se encuentra en otro distrito, adicionalmente a toda
la publicidad política en época de elecciones.
Si no es autorizado el volanteo, y lo detectan, se aplicará una multa
(equivalente al 10% de la UIT), también me encantaria saber como es el
sistema de cobro de la multa cuando el volante sólo consigna un teléfono y
el que volantea es un menor de edad.
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